NACIONALES.¿Licencia de piloto para operar un dron? Quejas de aficionados.

La normativa para operar drones en Costa Rica, y que rige desde el pasado 13 de agosto, tiene a sus aficionados pegados al cielo. Los fiebres saben que ya no habrá libertad para hacer volar esos aparatos, y que tienen seis meses para certificarse ante Aviación Civil. Un proceso que consideran engorroso , propio para tener licencia de piloto en el país.

Por eso desde ya anuncian acciones legales para enfrentar esas reglas que consideran desproporcionadas. Aunque, aclaran, están de acuerdo con regular sus operaciones.

Roberto Gallardo (foto), que lidera la Asociación de Operadores de Drones, dijo en VIDA FM, que la «tramitología es de locos» porque hay cosas «extrañas como que deban ser bachilleres». Y un examen médico que excluye personas con discapacidad.

 

ESCUCHE ENTREVISTA CON DON ROBERTO GALLARDO

 

 

DETALLES DEL REGLAMENTO (TOMADO DE LA NACION):

La normativa establece pautas para la operación de ese tipo de aeronaves con fines recreativos, institucionales y comerciales. Todos los vuelos deben realizarse fuera de aglomeraciones, a una altura no mayor de 120 metros sobre el terreno y a no menos de 8 kilómetros de distancia de un aeropuerto.-Si es con fines de lucro, el operador debe solicitar permiso a la Dirección General de Aviación civil.

Las aeronaves que pesen más de 25 kilogramos deben contar con aeronavegabilidad (certificado para operar) y se les asignará una matrícula TI (Tango India, identificador de Costa Rica).

¿Quiénes tienen que certificarse con Aviación Civil?

Deben registrarse todas aquellas personas o empresas que vayan a utilizar los drones para lucrar, así como las instituciones. El reglamento de la Dirección General de Aviación Civil (DGAC) establece un periodo de seis meses contados a partir del 13 de agosto para que los operadores se acerquen a la entidad a iniciar el trámite.

Quienes vayan a usar el equipo con fines recreativos no deben registrarse, pero sí es obligatorio que acaten las reglas básica para volar.

¿Cuál es el proceso para obtener el permiso?

  1. Se pide una cita a la DGAC para concretar una reunión en la que se proporciona toda la información necesaria y se indican todos los requisitos que se deben cumplir. El trámite se hace en la ventanilla única de la DGAC o al correo rsolano@dgac.go.cr, con el funcionario Rodrigo Solano.
  2. Se solicita una segunda reunión para presentar la documentación requerida.
  3. Aviación Civil verifica que el solicitante haya cumplido todos los requisitos.
  4. La persona asiste a una prueba práctica de vuelo del dron, en el que debe demostrar que puede ejecutar las tareas para las que solicita el permiso. 
  5. Si todos los trámites se completan satisfactoriamente, la DGAC otorga el permiso de operación por un plazo de entre cinco y 15 años.

Uno de los requisitos para obtener la certificación es completar un curso de vuelo de drones que consta de 48 horas teóricas y 10 horas prácticas. La capacitación la facilitarán centros que Aviación Civil autorizará. El listado de escuelas estará listo en los próximos meses, según informó Allen Víquez, encargado de la Unidad de Operaciones de Aviación Civil.

¿Cuál es el costo de tramitar la autorización?

El trámite de solicitud del permiso cuesta $1.874, además del monto que cobre la escuela de capacitación por el curso de operación de drones.

Las personas físicas o jurídicas que estén inscritas como Pymes o emprendedores ante el Ministerio de Economía, Industria y Comercio (MEIC) pueden solicitar que se les den tres años para pagar el costo de la certificación. 

¿A qué se expone quien vuele un dron sin contar con el permiso?

De acuerdo con Víquez, cualquier oficial de la Fuerza Pública puede verificar que el vuelo de los drones se apegue a las restricciones establecidas, así como para verificar que los operadores comerciales cuentan con el permiso de Aviación Civil. 

Los infractores se exponen a sanciones que van desde los ¢426.200 hasta los ¢8,5 millones (de uno a 20 salarios base), según lo dispone la Ley General de Aviación Civil.

Además, el Estado solo podrá contratar servicios de fotografía y video aéreo a operadores que cuenten con certificación, detalló Víquez.

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